“la expresión cifrada, conjunta y sistemática de los derechos y obligaciones a liquidar durante el ejercicio por cada uno de los órganos y entidades que forman parte del sector público estatal”.
El ciclo presupuestario se puede sintetizar en las siguientes fases:
– Actualización del Programa de Estabilidad. Se presenta a la Unión Europea un diagnóstico de la economía española y la orientación de la política económica. En base a dicho análisis se formulan proyecciones presupuestarias a medio plazo (3 años).
– Informe de situación de la economía española. Recoge la estimación de las magnitudes económicas más relevantes que sirve para fijar los objetivos de estabilidad presupuestaria.
– Orden de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado. Las normas de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio siguiente. Con esta orden, se inicia formalmente el proceso de elaboración presupuestaria.
– Acuerdo sobre los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública y el límite de gasto no financiero del Estado. Se fija el objetivo de estabilidad y el objetivo de deuda pública.
– Aprobación del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado.
– Aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado
Conforme a esta normativa los Presupuestos Generales del Estado comprenderán los siguientes presupuestos:
- El presupuesto del Estado.
- Los presupuestos de los organismos autónomos de la Administración General del Estado.
- El presupuesto de la Seguridad Social.
- Los presupuestos de las agencias estatales.
- Los presupuestos de los organismos públicos cuya normativa específica confiere carácter limitativo a los créditos de su presupuesto de gastos.
- Los presupuestos de las restantes entidades del sector público administrativo estatal.
- Los presupuestos de los fondos carentes de personalidad jurídica.
- Los presupuestos de las sociedades mercantiles estatales.
- Los presupuestos de las fundaciones del sector público estatal.
- Los presupuestos de las entidades públicas empresariales y restantes organismos públicos de esta naturaleza.
El presupuesto de gastos sigue una triple clasificación con arreglo a los siguientes criterios:
– Las finalidades u objetivos que se pretenden conseguir (clasificación por programas).
– La organización del sector público estatal (clasificación orgánica).
– La naturaleza económica de los gastos (clasificación económica).
PRESUPUESTO DE INGRESOS
La clasificación orgánica de los ingresos permite distinguir entre los que corresponden a la Administración General del Estado, los de la Seguridad Social y los de cada uno de los organismos autónomos y demás entidades del sector público administrativo.
La clasificación económica agrupa los ingresos en función de su origen en operaciones corrientes, de capital o financieras.
En definitiva, los Presupuestos Generales del Estado son el documento en el que se recoge la previsión anual de los ingresos y gastos del sector público estatal. Constituyen uno de los instrumentos más importantes de la política económica del Gobierno, en los que se plasman los objetivos estratégicos de las distintas políticas públicas y los recursos asignados para su cumplimiento.
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